Repudian la prisión domiciliaria a nueve genocidas

Por Maximiliano Ceci

“La prisión domiciliaria entendemos que es valiosa para mujeres madres de menores de cinco años o embarazadas, pero no para genocidas que fueron torturadores, violadores y que nunca rompieron el pacto de silencio para aportar información sobre nuestros hermanos desaparecidos”, dijo a Contexto Lucía García Itzigsohn, integrante de H.I.J.O.S., luego de que la Cámara de Casación Penal y el Juzgado Nº 1 benefició con la prisión domiciliaria a un grupo de seis marinos y prefectos condenados en octubre pasado en el juicio a la “Fuerza de Tareas Nº 5” que operó contra trabajadores del cinturón industrial de La Plata, Berisso y Ensenada.

En octubre pasado, el Tribunal Oral N° 1 de La Plata, presidido por Carlos Rozansky, leyó las condenas a prisión perpetua al Comandante de la Fuerza de Tareas Nº 5 Jorge Alberto Errecaborde y al del Batallón de Infantería de Marina Nº 3 (B.I.M. 3) José Casimiro Fernández Carró tras encontrarlos culpables de los homicidios calificados de los abogados Miguel Galván Lahoz y Roberto Pampillo, además de varios casos de secuestros y torturas. En la misma sentencia, condenó a veinticinco años de prisión al comandante de Operaciones Navales de la Armada Antonio Vañek y a su par de la FT5 y director del Liceo Naval Juan Carlos Herzberg, y a los ex jefes de la Prefectura Luis Rocca y Carlos Ramón Schaller y el prefecto Eduardo Antonio Meza. A la vez, revocó las prisiones domiciliaria a las que habían accedido los represores.

“Siempre los defensores de los represores piden a los tribunales prisión domiciliaria, pero estas ya habían sido revocadas por Rozansky. Además, en este caso estamos hablando de delitos de lesa humanidad. En general no se ha dado lugar a este beneficio por el carácter de los casos caratulados como genocidios”, agregó García Itzigsohn.

“Siempre los defensores de los represores  piden a los tribunales prisión domiciliaria, pero estas ya habían sido revocadas por Rozansky. Además, en este caso estamos hablando de delitos de lesa humanidad». Lucía García Itzigsohn, H.I.J.O.S La Plata.

Además, el tribunal de Casación benefició con la prisión domiciliaria al ex jefe de la Unidad Regional La Plata de la bonaerense en dictadura, Horacio Elizardo Luján, con dos condenas a perpetua a cuestas; al ex integrante del Destacamento 101 del Ejército Ricardo Von Kyaw, que estuvo prófugo cuatro años y fue capturado en Panamá; al ex integrante de las patotas de la Brigada de Investigaciones de San Justo, Alfredo Boan.

“Pareciera que para los magistrados haber sido probada su responsabilidad en el genocidio y haber recibido condena de primera instancia no varía en nada la situación de los represores. Por lo demás, no es cierto que no se haya argumentado debidamente, ya que 10 de las 611 páginas de los fundamentos del fallo se dedican a la cuestión. Basta remitirse al voto del juez Carlos Rozansky en el fallo, quien dijo que existen razones jurídicas y éticas claras e imperativas para tal decisión: el beneficio de la domiciliaria reviste carácter excepcional, que la gravedad de los delitos y las altas penas impuestas así lo ameritan, que el hecho de que el beneficio fuera otorgado en la instrucción de la causa no resulta vinculante y que sostener lo contrario transforma la pena de prisión efectiva en una ‘mera formalidad’”, expresó en un comunicado Justicia Ya.

“Estas decisiones no están lejos de la línea del nuevo Gobierno sobre la política de derechos humanos. La postura de Macri es desde no recibir a los organismos de derechos humanos hasta referirse a estas políticas como un curro. Esto no quiere decir que se vayan a frenar los juicios de lesa humanidad porque es una política de Estado. Es una lucha del pueblo. A los criminales de lesa humanidad hay que juzgarlos, eso es algo que no está en discusión”, concluyó García Itzigsohn.


 

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