Partido Judicial sin control: Milei flexibiliza la selección de jueces para la Corte Suprema

El DNU que lleva la firma del Presidente y de Juan Bautista Mahiques abre paso a una serie de desregulaciones en el mecanismo de selección de magistrados para el máximo tribunal. Camino allanado para la “justicia adicta”.

En sintonía con una connivencia cada vez más evidente entre el Poder Judicial y la derecha, Javier Milei lanzó un decreto donde flexibiliza el mecanismo de elección de jueces para Corte Suprema de Justicia de la Nación. El Decreto 476/2026, publicado este martes en el Boletín Oficial, lleva las firmas del jefe de Estado y del ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, y abarca también las designaciones dentro del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa.

En un gesto notable con el mentado “partido judicial”, Milei presentó esta nueva medida que allana aún más el ya laxo vínculo entre política y justicia -tal como lo evidencia el lawfare contra Cristina Fernández de Kirchner- con un repertorio de desregulaciones al control de los jueces para la CJSN.

Entre las principales modificaciones que introduce el DNU al mecanismo vigente, la medida suprime la instancia de impugnaciones y observaciones de la ciudadanía, las ONG y los colegios profesionales ante el Ministerio de Justicia, así como la obligación de publicar la identidad del candidato en dos diarios de circulación nacional durante al menos tres días.

Asimismo, también se eliminan las recomendaciones previas para que el Poder Ejecutivo contemple, como dice el decreto 222/03 “la diversidad de género, especialidad jurídica y procedencia regional en el marco del ideal de representación de un país federal”, al momento de proponer a los candidatos.

Bajo el pretexto habitual de “modernizar” y “simplificar”, moneda corriente en el glosario liberal de desregulaciones, Milei suprimió criterios de transparencia claves en la elección de jueces, vigentes desde 2003 tras las modificaciones realizadas por el entonces gobierno de Néstor Kirchner, en dos decretos: el mencionado DNU 222 de junio de 2003 y el 588 de agosto de ese mismo año.

Por otro lado, la medida tomada por Milei también impulsa una preocupante reducción de la publicidad de las candidaturas y la profundidad de las investigaciones patrimoniales. Mientras que la normativa anterior exigía la publicación de antecedentes en dos diarios de circulación nacional, el nuevo texto limita la difusión al Boletín Oficial y a la página web del Ministerio de Justicia, alegando una adaptación a la “dinámica actual de la comunicación”. 

ARTÍCULOS RELACIONADOS

SEGUINOS EN REDES

7,526FansMe gusta
1,707SeguidoresSeguir
4,085SeguidoresSeguir
ESPECIALspot_img

ÚLTIMOS ARTÍCULOS