Confirman la rebeldía de Stornelli y ordenan impulsar su desafuero

Por Pablo Pellegrino

Luego de confirmar al juez Alejo Ramos Padilla al frente de la investigación por la red de espionaje ilegal integrada por funcionarios judiciales, políticos, espías y periodistas, la Cámara Federal de Mar del Plata le dio otra mala noticia al fiscal Carlos Stornelli: ratificó la decisión del magistrado que lo declaró en rebeldía hace 56 días por negarse a prestar declaración indagatoria en cuatro oportunidades.

El fiscal se había amparado en la falta de confirmación de la competencia del juzgado de Dolores para no presentarse en las cuatro oportunidades que fue citado. Luego de la declaración en rebeldía, su defensa interpuso un recurso en el que cuestionaba la medida por precipitada y parcial, al tiempo que consideraba que violaba los fueros del fiscal.

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Pero el fallo de la Cámara marplatense no sólo ratifica la decisión adoptada por Ramos Padilla, sino que también le ordena “en forma inmediata” lo dispuesto en el Artículo 1 de la Ley Nº 25.320, que establece que si un funcionario no se presenta a declarar amparado en su inmunidad se “deberá solicitar su desafuero, remoción o juicio político”.

“El llamado a indagatoria no se considera medida restrictiva de la libertad, pero en el caso de que el legislador, funcionario o magistrado no concurriera a prestarla [la declaración] el tribunal deberá solicitar su desafuero, remoción o juicio político”, sostiene esa norma.

La medida no sólo es un duro revés para el fiscal, sino que también puede ser entendido como un llamado de atención al Ministerio Público Fiscal, encabezado por Eduardo Casal, que desde que se inició la causa paralizó cualquier medida que tenga que ver con Stornelli.

En ese sentido, los camaristas sostienen en su fallo que no es potestad del procurador pedir el desafuero del fiscal de la causa de las fotocopias, sino del propio Ramos Padilla.

«no deben admitirse privilegios personales que permitan al beneficiario de una inmunidad de arresto abstraerse del cumplimiento de cargas procesales del proceso judicial regular», dice el fallo. 

«En un sistema democrático, con funcionamiento republicano de las instituciones, no deben admitirse privilegios personales que permitan al beneficiario de una inmunidad de arresto abstraerse del cumplimiento de determinadas cargas procesales derivadas del proceso judicial regular», sostuvieron los jueces en el fallo.

Además, advirtieron que los funcionarios alcanzados por la ley de fueros «no debieran abusar de la misma, para intentar eludir su obligación de cumplir con una manda judicial, máxime cuando en este caso, el convocado se trata de alguien que fue designado justamente para promover la actuación de la justicia, en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad».

El nieto espía de la ministra

La compañía telefónica Movistar respondió una solicitud que emitió el juez Ramos Padilla a principios de mayo en la que pedía confirmar si el contacto registrado en el teléfono del falso abogado Marcelo D’Alessio como “Patricia Bullrich S6” pertenecía efectivamente a la ministra de Seguridad de la Nación.

El martes, la compañía informó que ese teléfono estaba a nombre de la funcionaria y al día siguiente la ministra dio una explicación increíble: dijo que ese teléfono lo usa su nieto “para jugar”.

Lo curioso es que los diálogos que figuran en el expediente entre D’Alessio y Bullrich a través de esos teléfonos trataban, por ejemplo, de operativos por narcotráfico vinculados a la banda de Los Monos en Santa Fe.

Según publicó Perfil.com, fuentes del Ministerio explicaron que el aparato pertenece efectivamente a Bullrich pero desde 2017 lo utiliza su nieto para jugar, y sostuvieron que “atentaron contra su privacidad”.

En ese sentido, indicaron que la ministra, que había negado categóricamente cualquier vínculo con el falso abogado, realizará una denuncia por la filtración del documento emitido por la empresa telefónica.


 

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