Confirman el procesamiento del fiscal Fernández Garello por delitos de lesa humanidad

La Cámara Federal de San Martín confirmó el procesamiento del fiscal general de Mar del Plata, Fabián Fernández Garello, por su participación en el secuestro y tortura de tres militantes comunistas: Jorge Oscar Bulacios, Ernesto Duarte y José Seitor. El fiscal se desempeñaba como agente de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la provincia de Buenos Aires (DIPPBA), durante la última dictadura cívico-militar y según consta en los registros, participó del operativo conjunto coordinado con oficiales de la Brigada de Investigaciones de San Martín y personal militar del Destacamento de Inteligencia 201 de Campo de Mayo, como también de otras diligencias posteriores.

Esta decisión deja a Fernández Garello a un paso del juicio oral y público, y la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) reclamó que el fiscal sea suspendido inmediatamente y apartado de su cargo. El viernes pasado, por segunda vez, el Tribunal de enjuiciamiento que debía tratar la apertura del juicio político no sesionó por falta de quorum. La sala I de la Cámara Federal de San Martín rechazó los pedidos de nulidad y apelaciones interpuestos por la defensa y confirmó el procesamiento de Fernández Garello. Además, otros seis ex agentes de inteligencia son investigados por este caso: los ex agentes de la DIPPBA Hugo Tresguerras y Daniel Ríos, los miembros de la Brigada de investigaciones de Caseros Guillermo Ornstein, Ricardo Coronel y Hugo Cammarota, y Jorge Apa del Ejército.

Los siete están imputados por la privación ilegal de la libertad y tormentos de los militantes del Partido Comunista, ocurridos el 23 de julio de 1981. La decisión de la Cámara, en línea con el procesamiento dictado meses atrás por la jueza federal de San Martín Alicia Vence, reconoce que existen en la investigación judicial pruebas suficientes para avanzar con el proceso y llegar a la instancia del juicio oral y público. Entre las pruebas aportadas, los jueces de la Cámara destacaron el valor del testimonio de los sobrevivientes y la coincidencia entre sus declaraciones. Y, fundamentalmente, remarcaron las pruebas del archivo de la DIPPBA aportadas por la CPM cuando se impulsó la causa penal.

La sala I dio por acreditado que el operativo conjunto que terminó en el secuestro y torturas de los tres militantes comunistas se gestó en una reunión donde el jefe del Destacamento de Inteligencia 201 convocó a personal «idóneo» de la Delegación de Inteligencia III de San Martín y de la Brigada de Investigaciones III de San Martín para que, con personal militar, procediesen a la identificación de una persona con numerosa documentación comunista (Bulacios). Situación que desembocaría en la privación ilegal de la libertad de las tres víctimas, su reclusión ilegal en el CCD Brigada de Caseros y el sometimiento a torturas físicas y psicológicas en el marco de los «interrogatorios».

En base a ese material y a las declaraciones testimoniales, están probadas en el expediente judicial las torturas sufridas por las víctimas. En su resolución, los jueces de la Cámara Federal de San Martín sostuvieron que «desde el mismo momento de sus detenciones, las técnicas y condiciones a que fueron sometidos en el traslado y en el centro clandestino de detención ubicado en la Brigada de Caseros, configuran un cuadro de padecimiento que se subsume en el concepto jurídico de tormento».

Los jueces de la Cámara también fueron contundentes al momento de rechazar una de las estrategias expuestas por la defensa: la alegada «legalidad» de las detenciones de las víctimas por parte de los imputados. El tribunal consideró –retomando las sentencias del Juicio a las Juntas– que previo al golpe de Estado del gobierno constitucional existía una estructura legal para luchar contra la denominada «subversión», «aunque en lugar de usar en plenitud tales poderes legales, el gobierno militar prefirió implementar un modo clandestino de represión. El marco legal fue mantenido, pero operativamente se desplegaron mecanismos clandestinos de secuestro, reclusión ilegal, interrogatorios bajo torturas». Bajo esas órdenes actuó el grupo de tarea que integró Fernández Garello el 23 de julio de 1981.

En paralelo, mientras la causa penal avanza en la Justicia Federal, el trámite previsto para la destitución del fiscal general de Mar del Plata continúa estancado: el viernes pasado no sesionó por falta de quorum el tribunal de enjuiciamiento de magistrados que debía tratar la apertura del juicio político solicitado por la CPM, una decena de organismos de derechos humanos y organizaciones sindicales.


 

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