Otra que se cae: sobreseyeron a Cristina Kirchner y al resto de los acusados en la causa Hotesur

Con un fallo dividido, el Tribunal Oral Federal Nº 5 sobreseyó a Cristina Fernández de Kirchner y a sus hijos en la denominada causa Hotesur, en la que se los acusaba del delito de lavado de activos y asociación ilícita. 

Una nueva causa contra la vicepresidenta termina en la nada luego de que los jueces Daniel Obligado y Adrián Grünberg consideraran el pedido del defensor Carlos Beraldi de analizar las nuevas pericias realizadas, que demostraron que todas las operaciones de venta y alquiler de propiedades y complejos hoteleros siempre se realizaron «en blanco», con valores de mercado y a través de bancos. «La inexistencia de dinero negro es evidente», había remarcado el abogado de la vicepresidenta. 

Además, determinaron que, en el momento en que se produjeron las operaciones, el Código Penal tenía otra determinación del delito de lavado que no contemplaba el «autolavado» (hasta entonces se condenaba a quien lavaba dinero a terceros que cometían el delito; en este caso, sería el propio autor del delito el que realiza la maniobra) por lo que debía aplicarse en la actualidad. 

En el caso de la supuesta asociación ilícita que habría conformado la familia de la vicepresidenta con los empresarios implicados, sostuvieron que no fue demostrado «mínimamente un concreto daño, o peligro, para con el orden o la tranquilidad pública», como determina esa imputación. Por otro lado, atendieron a la existencia de otros juicios en los que existe la misma imputación a las mismas personas, como el juicio por la obra pública que se desarrolla en la actualidad, por lo que serán esos tribunales los que lo analicen. 

La causa, que fue iniciada en 2014, había sido instruida por el fallecido Claudio Bonadio, encargado de llevar adelante la mayoría de las acusaciones contra Cristina Fernández de Kirchner, incluidas las otras tres por las que fue sobreseída recientemente: dólar futuro, memorándum con Irán y plan Qunita. 

Luego de probadas graves irregularidades en el proceso, Bonadio fue apartado, pero en una maniobra conjunta facilitada por la dirigente Margarita Stolbizer se armó una causa paralela (Los Sauces), que investigaba exactamente lo mismo. Fue el mismo juez el que tomó la insólita decisión de declararse incompetente para llevar adelante el proceso, no sin antes dictar el procesamiento de Fernández. 

Grünberg y Obligado también desecharon la posibilidad de que quepa una acusación por el delito de dádivas, figura con la que se intentó establecer que el alquiler de las propiedades era un retorno por los contratos de obra pública o concesiones viales a las que accedieron los empresarios. Los magistrados consideraron que en este caso se trata de un delito de concurso ideal que no puede ser escindido del de lavado de dinero, por el que ya habían dictado el sobreseimiento. Sin embargo, las pericias también comprobaron que no fueron ficticios los alquileres, sino que existieron y se realizaron a precios de mercado, por lo que poco habría trascendido la acusación de aceptación de dádivas. 

En su fallo en disidencia, la jueza Adriana Palliotti sostuvo que «estoy convencida que el único ámbito para discutir la totalidad de los planteos formulados por los defensores resulta ser, inexorablemente, el debate oral, público, contradictorio y continuo, principal etapa del procedimiento penal que garantiza la inmediación entre las partes». 


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