Fiscalía y querellas coincidieron en señalar que el ataque atribuido a Justo Fernando Barrientos estuvo atravesado por violencia de género y odio hacia lesbianas. El imputado se negó a declarar durante la primera audiencia.
En el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 5 se dio inicio este lunes al juicio por la masacre de Barracas que tiene como imputado Fernando Justo Barrientos, autor del ataque que culminó con la vida de Pamela Cobas, Roxana Figueroa, Andrea Amarante y dejó con heridas a Sofía Castro Riglos, la única sobreviviente del caso. Durante la primera audiencia se leyeron las elevaciones a juicio, se amplió la transmisión de las audiencias y se rechazaron pedidos de la defensa. El imputado, en tanto, se negó a declarar.
Cerca de las 10 de la mañana, el Tribunal compuesto por Cinthia Oberlander, Juan Manuel Grangeat y Adrián Pérez Lance (como presidente), dio comienzo a la primera audiencia del juicio. En la sala, además del imputado y sus defensas, fueron de la partida el fiscal Juan Manuel Fernández Buzzi y las tres querellas: la Defensoría Pública de Víctima, que representa al hermano de Pamela y al hijo de Roxana; Luciana Sánchez, que representa a Castro Riglos; y la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans+ (FALGBT), con las abogadas Samanta Pedrozo y Flavia Massenzio, y con su presidenta María Rachid.

Primero, se leyeron los pedidos de elevación a juicio de cada parte con su correspondiente descripción de los hechos. Las cuatro presentaciones describieron los acontecimientos que derivaron en las muertes de Pamela, Roxana y Andrea, y en las graves heridas sufridas por Sofía, y enmarcaron este ataque en un contexto de violencia sostenida, hostigamiento y odio hacia las víctimas por ser lesbianas y mujeres. En este punto, tanto la fiscalía como las querellas coincidieron en pedir que el caso sea elevado a juicio bajo agravantes vinculados al odio por orientación sexual y la violencia de género.
Los hechos
Según reconstruyeron tanto la fiscalía como las querellas en sus pedidos de elevación a juicio, el ataque ocurrió durante la madrugada del 6 de mayo de 2024 en el hotel familiar ubicado en Barracas al 1621. Allí, Justo Fernando Barrientos, que residía en la habitación 12, abrió la puerta de la habitación 14, donde se encontraban dos parejas de lesbianas viviendo en comunidad, y arrojó en su interior “un elemento similar a una bola de fuego”, según describieron los testigos.
En las presentaciones se describió que el fuego alcanzó rápidamente a las cuatro mujeres, provocándoles heridas de extrema gravedad. En el caso de Cobas y Figueroa, sufrieron quemaduras en el 90% de sus cuerpos, «heridas incompatibles con la vida», al igual que Amarante, que presentó quemaduras en el 75%. Castro Riglos sobrevivió con heridas en rostro y manos. Además, otros vecinos de la pensión debieron ser asistidos por inhalación de monóxido de carbono. En ese sentido, para la fiscalía, el incendio “fue idóneo para causar un peligro común para todos los habitantes y bienes que había en la finca”.

Las querellas también remarcaron que el ataque no terminó con el inicio del incendio. Los testigos dieron cuenta de que Barrientos habría continuado agrediendo físicamente a las víctimas mientras intentaban escapar del fuego. Según se indicó el imputado tiró al suelo a una de ellas, comenzó a golpearla y luego la tiró hacia las llamas que se habían propagado en el pasillo. Vecinos del lugar también describieron que, cuando las víctimas buscaron refugio en las duchas comunes del hotel, el acusado reapareció y les arrojó “unos baldes que estaban prendidos fuego”.
Las querellas reconstruyeron además que un testigo, que ayudó a una de las víctimas a salir del lugar, la encontró frente a la puerta 12, la de Justo Barrientos, mientras lo señalaba y gritaba: «Fue él, fue él».
Otro de los puntos centrales de las presentaciones es el contexto previo al ataque: tanto la fiscalía como las querellas afirmaron que las víctimas sufrían situaciones reiteradas de violencia y discriminación por ser lesbianas. En ese sentido, mencionaron hostigamiento, “comentarios hostiles”, amenazas, insultos e incluso “intentos de agresión sexual”. La querella de la Federación Argentina LGBT sostuvo que los hechos “deben ser comprendidos en un marco estructural de violencia sistemática por motivos de orientación sexual”.
La televisación del juicio
Durante la jornada, uno de los tópicos fue la transmisión del juicio. Tanto la FALGBT como Sánchez reclamaron que se televise todo el juicio, lo que ya había sido rechazado por el fiscal y la defensa. En esta instancia, las querellas insistieron en la importancia y el interés público que tiene el caso, mientras que Fernández Buzzi citó una acordada de la Corte Suprema que prohíbe que medios audiovisuales ni gráficos puedan tomar audios o videos en este tipo de juicios. Asimismo, indicó que nadie se quedó afuera de la sala. Vale destacar que, desde el lugar, Diario Contexto contabilizó solo 12 asientos, mientras que en la plaza frente a Tribunales se realizó una jornada para reclamar justicia. «El interés es mucho más grande que esta sala», indicó la abogada Pedroza.
Ante este planteo, Pérez Lance llamó a un cuarto intermedio para decidir sobre esta situación y un pedido que realizó la defensa sobre excluir del juicio una prueba que aún no fue procesada, alertando que a su defendido «hay que hacerle saber las pruebas existentes en su contra» y que, de lo contrario, esto atentaría contra la estrategia de la defensa.
Luego de 15 minutos, los magistrados volvieron a la sala. Sobre el primer tópico, manifestaron que hay alrededor de 50 testigos, de los cuales aproximadamente 20 son vecinos del lugar. A los fines de «preservar la espontaneidad y frescura» de la prueba testimonial y evitar «contaminaciones», estos testimonios no se transmitirán en vivo. Sí podrán verse los peritos, perfiles técnicos y policías.
Sobre el segundo punto, el Tribunal rechazó el planteo de la defensa. «Excluir prueba en este momento del debate no es algo legalmente previsto», indicó Pérez Lance. «No hay razón para postergar el inicio del debate y tampoco se puede excluir una prueba que aún no fue producida ni procesada», agregó.
El imputado
Pasada esta situación, llegó el momento de que Justo Barrientos se siente en el banquillo frente a los jueces, pero dijo no recordar las elevaciones a juicio, por lo que nuevamente se leyeron los planteos de la fiscalía y las querellas. Tras ello, se negó a declarar pero sí respondió a las preguntas de rigor que le hizo el Tribunal: tiene 68 años, es oriundo de Tucumán, es el tercero de siete hermanos. A los 26 años se fue a vivir a Buenos Aires, donde tuvo a dos hijos con los que no tiene contacto. Tampoco con sus hermanos. Antes del ataque trabajaba vendiendo garrapiñadas y bebidas en canchas de fútbol. Su último domicilio es Olavarría 2116, donde perpetró los hechos mencionados.
Las expectativas de las querellas
Finalizada la primera audiencia, Diario Contexto dialogó con las querellas. Flavia Massenzio explicó la importancia política y colectiva que, a su entender, tiene el juicio. “Esto que pasó a estas compañeras no afecta solamente a las compañeras y a las familias, sino que afecta a todas las lesbianas y a toda la sociedad”, señaló la referenta de la FALGBT y remarcó que el proceso representa “una instancia jurídica muy importante” por el carácter colectivo de la querella. Además, insistieron en la necesidad de “una sentencia ejemplificadora” y en que el caso sea reconocido “como un crimen de odio y como un lesbicidio”.

En relación a la calificación del caso, Luciana Sánchez, como querellante de Sofía Castro Riglos, señaló que prefiere plantear “violencia por prejuicio” antes que de “crimen de odio”, y puso el foco en “la violencia estructural hacia personas con identidades lesbianas”. En ese sentido, sostuvo: “Esperamos que se reconozca que es un femicidio, porque las compañeras recibieron violencia por ser mujeres, y también un lesbicidio porque se trata de una violencia ejercida contra ellas por haber sido percibidas como lesbianas, por estar en pareja y por sus expresiones lésbicas dentro del hotel”.
Además, Sánchez vinculó el ataque con un contexto social más amplio de discriminación y estigmatización hacia las lesbianas. “La sociedad y los tribunales tienden a no querer reconocer su propia responsabilidad en los crímenes de violencia por prejuicio, que tienen que ver con una violencia estructural, histórica y arraigada”, afirmó. “Barrientos, si bien actuó solo, justificó su crimen en función de esta violencia social”, agregó.
