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Papel Prensa: otro fallo de impunidad para Magnetto, Herrera de Noble y Mitre

Primero fue el juez Julián Ercolini y ahora la Sala I de la Cámara Federal de la ciudad de Buenos Aires, integrada por Jorge Ballestero y Leopoldo Bruglia. En apenas cinco meses, los tres magistrados desestimaron un gran cúmulo de testimonios y pruebas para cerrar la causa Papel Prensa, emblemática en materia de complicidades civiles con el terrorismo de Estado, y desvincular a todos los imputados de los crímenes de lesa humanidad que llevan a cuestas desde la última dictadura cívico-militar.

De esta forma, Ballestero y Bruglia confirmaron el miércoles el sobreseimiento de Héctor Magnetto, Ernestina Herrera de Noble y Bartolomé Mitre, principales directivos de Clarín y La Nación. Igual beneficio recibieron Raymundo Juan Pío Podestá, ex secretario de Desarrollo Industrial del genocida Jorge Rafael Videla, y Guillermo Juan Gainza Paz, quien ofició en 1976 de intermediario en el traspaso accionario de la única productora de papel para diarios del país, controlada hasta entonces por el Grupo Graiver.

“La decisión de la Cámara, que es un retroceso muy agraviante para las víctimas, muestra el contexto de impunidad en el que estamos siendo gobernados desde que asumió Mauricio Macri”, dijo en diálogo con Contexto Alejandro Rúa, abogado de Lidia Papaleo, viuda del empresario David Graiver.

El letrado recordó que luego de los sobreseimientos de diciembre, dictados en primera instancia por el juez Ercolini, el secretario de Derechos Humanos, Claudio Avruj, se corrió de la apelación. Lo mismo hizo el fiscal general ante la Cámara Federal porteña, Germán Moldes, dejando en completa soledad a los querellantes.

“En otra época, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y el Ministerio Público Fiscal acompañaban a las víctimas, pero ahora ambos órganos estatales defeccionan de su función acusadora y consienten la impunidad”, lamentó Rúa.

El despojo de Papel Prensa fue consumado tras la muerte de Graiver, ocurrida el 7 de agosto de 1976 en México. Su familia y su socio, Rafael Ianover, que heredaron el 75% de las acciones de la empresa, debieron transferirlas bajo amenaza a Fapel S.A., una sociedad integrada por los diarios Clarín, La Nación y La Razón, este último dirigido por Patricio Peralta Ramos. El 2 de noviembre de ese año se firmaron los bonos de compra-venta en las oficinas del diario La Nación con la presencia de Magnetto, Mitre, Peralta Ramos y el abogado Bernardo Sofovich, en representación de Herrera de Noble.

En su declaración testimonial, Lidia señaló que “era un salón grande”, donde los directivos se reunieron por separado con los padres y el hermano de David, mientras que ella “estaba en otro lado con Magnetto”.

“Recuerdo sus amenazas a mí y a mi hija (María Sol), recuerdo su mirada, decía que debíamos firmar o perdíamos la vida mi hija o yo, eran amenazas de muerte”, sostuvo, y agregó que luego Sofovich le aconsejó que se fuera del país ese mismo día.

Meses después, Lidia, su hermano Osvaldo Papaleo, la familia Graiver, Ianover y el resto de los integrantes del grupo empresario serían secuestrados y trasladados a Puesto Vasco, uno de los centros clandestinos de detención a cargo de los genocidas Ramón Camps y Miguel Etchecolatz. Jorge Rubinstein, apoderado de los Graiver, murió en la mesa de tortura cuando le aplicaban picana eléctrica.

Ercolini, que jamás citó a los imputados para indagarlos sobre estos hechos, consideró que el traspaso de las acciones de Papel Prensa fue totalmente legítimo, rechazó los peritajes que indicaban un despojo “a precio vil” y descartó cualquier delito de lesa humanidad en torno a la operación.

Ballestero y Bruglia siguieron pasos similares en su fallo de este miércoles. Tras desestimar las declaraciones de Papaleo y Ianover, los camaristas sostienen que “la venta” de Papel Prensa “respondió a la necesidad de obtener liquidez para afrontar” presuntas “deudas exigidas” al Grupo Graiver “por la organización Montoneros”, y agregan que “justamente por el destino que habría de tener el dinero obtenido es que las autoridades del Gobierno dictatorial interceptaron ese pago, confiscando el dinero”.

A Magnetto, Mitre y Herrera de Noble les adjudican “un único rol, ceñido a un único instante: haber adquirido en noviembre de 1976 la empresa Papel Prensa en el marco de una operatoria concertada con un solo propósito comercial”.

“Como consecuencia de tal conclusión, que exhibe que la venta de la firma no estuvo motivada en una coacción dirigida a ese específico fin, y que ninguna implicancia tuvieron en ello los dueños y los representantes de los diarios Clarín, La Nación y La Razón, resulta fútil responder aquellos enigmas que se ciernen sobre el valor de la operación. Si, más allá de la particular situación financiera que da contexto a los hechos, la venta se concertó libremente y entre partes cuya capacidad no fue cuestionada, no hay cabida para impugnar por vil el precio así pactado”, completa el fallo.

Asimismo, echaron por tierra un reciente pedido de las querellas para investigar y reconstruir las revelaciones sobre Papel Prensa que hiciera Peralta Ramos a familiares y allegados en septiembre de 2010, momentos antes de su muerte.

Los camaristas minimizan en el fallo la importancia que podría tener esa versión del ex director de La Razón sin siquiera conocerla y eludiendo la trascendencia que le dio uno de los propios sobreseídos, muy suelto de cuerpo, durante una entrevista televisiva.

“Esto de ser condenados por un derecho (sic) de lesa humanidad lo sufrimos tanto Héctor Magnetto como yo. No así Peralta Ramos, que al final se dio vuelta en su lecho de muerte y nos traicionó olímpicamente”, disparó Mitre el pasado 12 de mayo en el programa Los ángeles de la mañana (El Trece), que conduce su esposa Nequi Galotti.

A pesar de la oleada de impunidad, Rúa confirmó a Contexto que apelará el fallo de la Cámara junto al abogado querellante de Ianover, Eduardo Barcesat: “Tenemos dos semanas para presentar el recurso ante Casación. Lo trabajaremos con la mayor responsabilidad para demostrar que esta resolución es arbitraria y prematura. El caso no se termina”.


 

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