Memorándum: sobreseyeron a Cristina Kirchner y al resto de los imputados por «inexistencia de delito»

«Arribamos a la siguiente convicción unánime: el Memorándum de Entendimiento con Irán, más allá de que se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó un delito». Con estos términos, los jueces María Gabriela López Iñiguez, Daniel Obligado y José Antonio Michellini sobreseyeron a Cristina Fernández de Kirchner y el resto de los imputados en la causa iniciada en 2015 por Alberto Nisman, que por segunda vez es cerrada por inexistencia de delito. 

En un fallo de 387 páginas, los magistrados convalidaron el temor de las defensas de los acusados que cuestionaron la imparcialidad e independencia de los camaristas Mariano Borinsky y Gustavo Hornos, que en 2016 reabrieron el expediente que se había archivado. Ambos se vieron envueltos a comienzos de este año en el escándalo de las más de veinte visitas a Mauricio Macri en Casa Rosada y en la Residencia Presidencial de Olivos durante su gestión coincidentes con fechas trascendentales para la causa. 

Además, derribaron una a una las hipótesis sostenidas por la fiscalía y las querellas respecto de la configuración de un tipo penal en la firma del Memorándum de Entendimiento de 2013 con la República Islámica de Irán, con la que el Gobierno argentino buscó destrabar las negociaciones para que los acusados declarasen en la causa AMIA; y la acusación, aún sostenida por una de las querellas, de traición a la patria. 

El sobreseimiento alcanza, además de a la actual vicepresidenta de la Nación, al senador Oscar Parrilli; eal actual viceministro de Justicia y Derechos Humanos, Juan Martín Mena; al ministro de Desarrollo de la Comunidad bonaerense, Andrés Larroque; al procurador del Tesoro, Carlos Zannini; al embajador argentino en Rusia, Marcelo Zuaín; a los dirigentes sociales Luis D’elía y Fernando Esteche; al referente de la comunidad iraní en el país, Jorge Khalil; y al exespía Allan Bogado. 

Además, como medida excepcional y a pesar de que la acción penal se encontraba sin efecto por fallecimiento, el voto de los jueces contuvo un desagravio para el excanciller Héctor Timerman, que murió en diciembre de 2018. «Ello así, pues su trayectoria personal lo merece, y en especial por la particular naturaleza que revistió el trámite de esta causa, especialmente la injusta e innecesaria prisión preventiva que se le dictó, que tuvo un propósito más infamante que procesal», fue la fuerte definición que brindó la jueza López Iñíguez al respecto. 

La mención del excanciller fue uno de los capítulos más comentados tras conocerse el fallo este jueves. «El TOF 8 sobreseyó a todos y terminó con la causa del Memorándum con Irán, sentenciando que no fue un delito, mencionando expresamente que no están afectados el buen nombre y honor de mi amigo Héctor Timerman, que murió perseguido, atormentado y sin justicia por este invento», dijo el ministro de Seguridad de la Nación, Aníbal Fernández.

También se refirieron al tema los ministros de Desarrollo Territorial y Hábitat, Jorge Ferraresi; de Justicia y Derechos Humanos, Martín Soria; de Mujeres, Géneros y Diversidades, Elizabeth Gómez Alcorta,entre otros integrantes del Gobierno nacional. «Héctor querido, ahora si podes descansar en paz. Tu buen nombre y el de tu familia ha sido reivindicado. Sos inocente de la infamia con la que te persiguieron. Escribo esto llorando por las ganas de abrazarte para decirte ‘se acabo la pesadilla. Se acabo’», escribió en sus redes sociales la abogada Graciana Peñafort, que junto a Alejandro Rúa encabezaron la defensa del excanciller.

La causa, que fue iniciada en 2015 por el fallecido fiscal Alberto Nisman, sostenía que la firma del acuerdo entre ambos países constituía el delito de encubrimiento por parte de las más altas autoridades argentinas a través del levantamiento de las alertas rojas de Interpol a los ciudadanos iraníes sospechados de ser responsables del atentado a la mutual judía AMIA en 1994. En ese marco, los magistrados del TOF 8 consideraron que no solo el presunto delito no se pudo haber cometido porque el Memorándum nunca entró en vigencia, sino que pudo ser comprobada la intención del Gobierno de entonces a través de intercambios oficiales con Interpol de mantener las alertas. 

La causa había sido cerrada y archivada por inexistencia de delito por el juez Daniel Rafecas en 2015, fallo confirmado por la Cámara Federal ese mismo año. Sin embargo, tras la asunción de Mauricio Macri, el expediente fue reabierto también por un fallo de Cámara en diciembre de 2016. Paralelamente, el juez Claudio Bonadio había abierto otro expediente por traición a la patria contra los acusados, que finalmente fue cerrado. 

Durante ese año, la intervención de los jueces Gustavo Hornos y Mariano Borinsky fue clave para la reapertura de la denuncia de Nisman. El desempeño de ambos camaristas fue cuestionado por los integrantes del TOF 8, que consideraron válido el temor de parcialidad y falta de independencia planteado por las defensas. 

Un dato clave para llegar a esa conclusión fue la prueba que se colectó este año al comprobarse las decenas de visitas de ambos camaristas al entonces presidente Mauricio Macri, que en sucesivas oportunidades había manifestado su interés en la reapertura de la causa. De hecho, al día siguiente de la resolución de 2016, los felicitó públicamente. 

En el caso de Borinsky, además, existe una denuncia penal formulada por el propio fiscal Colombo, encargado de la acusación en el juicio, por sospechas de haber asesorado a la DAIA para lograr rescatar la causa y luego fallar en su favor. 


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