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Lesa humanidad: la Corte revocó la falta de mérito de Blaquier y quedó más cerca del juicio oral

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la falta de mérito que en 2015 había dictado la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal que favoreció a Carlos Blaquier y Alberto Lemos. Los empresarios habían sido procesados por la Justicia jujeña por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar.

El voto conjunto de Helena Highton, Carlos Maqueda y Horacio Rosatti cuestionó duramente la intervención de los camaristas en la resolución de la falta de mérito, ya que no está prevista su participación en el análisis de esos casos. «En efecto, habilitó su competencia por medio de un argumento que nada tiene que ver con lo dispuesto en el código adjetivo, y colocó su intervención dentro de un formato de procedimiento de consulta y control, que le es ajeno», sostuvieron. 

Los jueces consideraron además que «en definitiva, el régimen procesal previsto para el caso fue suprimido, sin que se configure una situación relacionada con los límites interpretativos que el ordenamiento legal deja en manos de los jueces, todo lo cual debe conducir a que el pronunciamiento sea calificado como arbitrario», y manifestaron que la Cámara «se ha apartado en forma manifiesta de la solución normativa prevista para el caso, obstaculizando indebidamente el avance del proceso».

El presidente del máximo tribunal, Horacio Rosenkrantz, votó en disidencia y consideró que la medida apelada «no genera, de modo alguno, una ruptura del compromiso con el juzgamiento de esta clase de delitos». 

Carlos Blaquier y Alberto Lemos habían sido procesados por delitos de lesa humanidad durante la dictadura cívico-militar y, en este caso, por la privación ilegítima de la libertad agravada en tres hechos que ocurrieron entre marzo y abril de 1976. Blaquier, uno de los empresarios más importantes del país, dueño del ingenio Ledesma, también fue procesado por el reconocido caso de la Noche del Apagón, en julio del mismo año, cuando las fuerzas represivas y, presumiblemente, la empresa azucarera, propiciaron cortes en el suministro eléctrico para secuestrar trabajadores, estudiantes y militantes. Está probado que los traslados de las víctimas se realizaron en vehículos de la empresa, hecho que en 2015 Casación había considerado que no configuraba una colaboración para la comisión de los delitos a la hora de dictar la falta de mérito.

«Cometieron arbitrariedades para proteger a los responsables económicos de la dictadura y tardaron seis años en revisarlas. Reformar la Justicia es una deuda de todos los sectores democráticos», dijo el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Martín Soria, tras conocerse el fallo de la Corte.

El secretario de Derechos Humanos de la Nación, Horacio Pietragalla Corti, reconoció por su parte el logro de las víctimas y los organismos «que nunca dejaron de reclamar» para llegar a la revocatoria de la falta de mérito. «Pero esta decisión favorable al avance del proceso en contra de Blaquier no puede borrar el hecho de que Casación provocó esta demora apartándose de la ley y que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se tomó seis años», consideró.

«Por otro lado, resulta por demás indignante el voto en disidencia del presidente de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrantz. No solo omitió excusarse, teniendo en cuenta sus vínculos personales y empresariales con Carlos Blaquier y su familia; sino que además postuló confirmar la falta de mérito, manteniendo la causa en un limbo procesal funcional a la impunidad biológica», agregó.

La responsabilidad civil y empresarial en los delitos de lesa humanidad cometidos por la última dictadura es uno de los aspectos menos abordados por la Justicia de nuestro país. En ese sentido, el fallo de la Corte permitirá seguir el camino iniciado contra empresas como la Fábrica Argentina de Bolsas Industriales de Hinojo (FABI), Mercedes Benz, Ford, La Veloz del Norte y La Nueva Provincia, entre otras.


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