Juicio a la CNU: pidieron perpetua por genocidio para los dos acusados

Para el colectivo jurídico-político Justicia Ya, los imputados Carlos Ernesto Castillo, alias “El Indio”, y Juan José Pomares, alias “Pipi”, integrantes de la banda paraestatal CNU en los años setenta en La Plata, son coautores del delito de genocidio y deben ser condenados a la pena de prisión perpetua. Así lo plantearon este miércoles ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de La Plata en su alegato las abogadas Luz Santos Morón, Carolina Vilches y Pía Garralda.

Ante una sala colmada, las letradas pidieron la unificación de causas en instrucción de numerosos asesinatos perpetrados por la patota armada, puesto que a este juicios sólo llegaron siete casos de víctimas de la CNU ocurridos antes y después del golpe cívico-militar.

“Solicitamos se condene a Carlos Ernesto Castillo a la pena de prisión perpetua […] como coautor del delito internacional de genocidio por la privación ilegal de la libertad agravada y posterior homicidio agravado de Carlos Antonio Domínguez, Leonardo Micelli, Néstor Hugo Dinotto y Graciela Herminia Martini; y por la aplicación de tormentos contra Néstor Dinotto, Graciela Martini, Adelaida Barón y Daniel Pastorino”, sostuvo Santos Morón luego de cuatro horas de alegato.

Para Pomares, esta querella reclamó “la pena de prisión perpetua […] por ser penalmente responsable del delito internacional de genocidio por el homicidio agravado contra Néstor Hugo Dinotto y Graciela Martini; por la privación ilegal de la libertad agravada y la aplicación de tormentos contra Néstor Dinotto, Graciela Martini, Adelaida Barón y Daniel Pastorino”.

“No hay dudas respecto de que los imputados […] integraron la organización paraestatal CNU”, indicaron las abogadas, que detallaron la “participación y responsabilidad” de Castillo y Pomares en los hechos juzgados en este juicio tal como dieron cuenta los distintos testigos que declararon ante el tribunal a cuarenta años de los hechos.

“No hay dudas respecto de que los imputados integraron la organización paraestatal CNU”, indicaron las abogadas, que detallaron la “participación y responsabilidad” de Castillo y Pomares en los hechos juzgados.

Las conductas de los imputados son constitutivas de “crímenes de lesa humanidad”, subrayaron, y reclamaron que cumplan la pena en “cárcel común y efectiva”. Además, alertaron sobre la intención de Pomares de pedir un “futuro beneficio de prisión domiciliaria”.

“Castillo era el jefe operativo de la banda y Pomares tenía una importante jerarquía”, afirmó la querella, que remarcó la actuación de los imputados en el marco de un “plan sistemático para aniquilar a una parte sustancial de un grupo nacional”. En esa línea, agregaron: «No constituyen delitos aislados”.

Acusados de genocidio

“El genocidio implica que el delincuente tiene en mente la represión y eliminación de determinadas personas con el objetivo de destruir a sus propios grupos de pertenencia. No le es igual a quién ataca, no le es igual a quién somete a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física”, afirmaron al referirse a la calificación legal de los hechos imputados a Castillo y Pomares, que una vez más estuvieron ausentes de la audiencia.

La querella explicó en su alegato que la decisión de calificar los hechos investigados como un genocidio fue adoptada para “poner a las víctimas en su lugar pertinente, al arrancarlas del rol de ‘inocencia abstracta’ en el que quedan por el concepto de crímenes contra la humanidad como ‘población civil discriminada’ y entenderlas como ‘un grupo discriminado’ por los perpetradores”.

“El genocidio exige su dolo específico que precisamente aquí se evidencia: el ataque ‘discriminado’ contra activistas y adversarios del régimen y a los planes que este quería imponer”, agregaron. Y subrayaron que “a una parte de la sociedad civil de nuestro país le fue negado el derecho a la vida y a la integridad física por formar parte de un grupo nacional que luchaba por una sociedad justa e igualitaria”, que fueron “perseguidos por su condición de luchadores”.

“El genocidio exige su dolo específico que precisamente aquí se evidencia: el ataque ‘discriminado’ contra activistas y adversarios del régimen y a los planes que este quería imponer.”

Las abogadas rechazaron la “victimización” de los imputados y subrayaron su “connivencia” con las fuerzas represivas que llevaron adelante el terrorismo de Estado e hicieron hincapié en las tareas de inteligencia que Castillo y Pomares efectuaron en la Unidad 9 de La Plata entre los presos políticos allí detenidos. “Tenían total libertad de acción”, sostuvieron en el alegato.

Unificación de causas

La querella de Justicia Ya pidió al Tribunal presidido por el juez Germán Castelli que los testimonios que se presentaron durante este juicio sean remitidos a las causas que estén en instrucción y que se “unifiquen las causas” referidas a los crímenes de lesa humanidad perpetrados por la CNU en La Plata, y rechazaron la decisión de “fragmentar” las causas como si fueran hechos aislados. Las abogadas cuestionaron al tribunal por llevar adelante “prácticas de impunidad” por no haber “subsanado” las decisiones de la instrucción.

Entre las numerosas víctimas de la CNU platense entre 1974 y 1976, y cuyos casos no entraron en este juicio, figuran los de Carlos Pierini, Rolando Cháves, Luis Macor, Carlos Alberto Miguel, Rodolfo Achem, Rodolfo Carlos “el rusito” Ivanovich, Enrique Rusconi, Mario Gershanik, Luisa Marta Córica, Arturo “Patulo” Rave, Horacio Urrera, Carlos Saticq, Carlos Escafide, Alcides Mendez Paz, Adriana Zaldúa, Lidia Agostini, Nélida Villarino y los hermanos Gerardo y Raúl Arabel, entre más de cincuenta víctimas.

Al igual que las querellas que alegaron previamente, solicitaron que se investigue la responsabilidad penal de los más de treinta miembros de la CNU mencionados en el juicio y que esta querella enumeró el miércoles con nombre, apellido y apodo.

solicitaron que se investigue la responsabilidad penal de los más de treinta miembros de la CNU mencionados en el juicio.

Justicia Ya está integrado por la Asociación de ex Detenidos-Desaparecidos, la Asociación de Profesionales en Lucha, el Centro por los Derechos Humanos Hermanos Zaragoza, el Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CeProDH), el Comité de Acción Jurídica (CAJ) e Hijos La Plata

Este primer juicio por los delitos cometidos por la patota de la CNU platense comenzó el 15 de mayo pasado, a más de cuatro décadas de los hechos que sembraron el terror en la ciudad con el apoyo del Estado, la Policía, el Ejército, las organizaciones armadas de ultraderecha como la Triple A y el sindicalismo más ortodoxo, sembrando el camino para el golpe cívico-militar.

La Fiscalía y las querellas de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre – Unión por los Derechos Humanos de La Plata y las secretarías de Derechos Humanos de Nación y la Provincia habían coincidido en reclamar prisión perpetua. Frente a los tribunales de 8 y 50 se llevó a cabo una radio abierta antes de comenzar la audiencia del miércoles. El 23 de octubre y el 6 de noviembre alegarán las defensas. Se espera un veredicto para fines de noviembre.

Las letradas concluyeron su alegato recordando el “primer genocidio en nuestro país” cometido contra los pueblos originarios refiriéndose claramente a la lucha del pueblo mapuche. Al inicio del alegato fustigaron la desaparición forzada de Santiago Maldonado en Chubut hace setenta días. “Santiago es un eslabón de la lucha de los compañeros que lo precedieron”, afirmaron.


 

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