Juicio a la Armada: tres perpetuas y penas de veinticinco años por genocidio

Cada una de las condenas que el juez Carlos Rozanski leyó generaron una explosión de aplausos y festejos en la sala de audiencias. El presidente del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de La Plata leyó ocho condenas: tres a cadena perpetua para tres jefes de la Armada Argentina y otras cinco a veinticinco años de prisión para dos marinos y tres miembros de la Prefectura Naval Argentina por los homicidios de dos personas, la desaparición forzada de otras tres, y los secuestros y torturas cometidos contra 36 víctimas que sobrevivieron a los cuatro centros clandestinos de detención. A todos los condenaron como coautores del “delito internacional de genocidio, perpetrado durante la última dictadura cívico-militar de 1976-1983”, por los crímenes de lesa humanidad cometidos por la Fuerza de Tareas Nº 5 (FT5) de la Marina contra los trabajadores del cordón industrial de La Plata, Berisso y Ensenada. También revocaron las prisiones domiciliarias de las que gozaban siete de los acusados y ordenaron que cumplan las condenas en una cárcel común.

El fallo del tribunal ordenó también dispensar de cumplir tareas a un grupo de 28 trabajadores del Astillero Río Santiago que fueron despedidos a los pocos días de ser secuestrados durante la dictadura y que fueron reincorporados en 2006. Y exhortó a los Estados nacional y provincial a jubilarlos con la máxima categoría laboral que pudieran haber conseguido de no haber sido interrumpida su carrera laboral por el terrorismo de Estado.

Los jueces Rozanski, César Álvarez y Germán Castelli también exhortaron a las empresas Astillero Río Santiago, YPF, Propulsora Siderúrgica (hoy Grupo Techint) y el frigorífico Swift a rectificar en los legajos los motivos de baja, para que registren como motivo real la desaparición forzada. También mandaron a señalizar los cuatro centros clandestinos investigados en el juicio, erigir monumentos de memoria y se pidió al Ministerio de Defensa que la sentencia sea incorporada como material de estudio de los liceos y la escuela naval de la región.

La lectura del veredicto se realizó ante una sala repleta de público que festejó con aplausos y cánticos cada una de las medidas adoptadas por los jueces. Muchos de ellos habían esperado desde temprano el inicio de la audiencia con una radio pública y actividades culturales en las puertas del tribunal.

Cuando comenzó la audiencia, un centenar de personas ocupó todas las butacas de la sala. Entre el público estaban la presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, su hijo y secretario de Derechos Humanos provincial, Guido Carlotto, el nieto restituido Leonardo Fossatti, el director de formación de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Matías Moreno, la presidenta de la Asociación Anahí, Elsa Pavón, entre otros referentes de derechos humanos, dirigentes gremiales y militantes políticos.

En ese contexto, el Tribunal leyó las condenas a prisión perpetua al Comandante de la Fuerza de Tareas Nº 5 Jorge Alberto Errecaborde, al del Batallón de Infantería de Marina Nº 3 (B.I.M. 3) José Casimiro Fernández Carró y al jefe de Operaciones e Inteligencia del B.I.M. 3, Roberto Eduardo Fernando Guitián. A los tres los encontró culpables de los homicidios calificados de los abogados Miguel Galván Lahoz y Roberto Pampillo, además de varios casos de secuestros y torturas.

Además, condenó a veinticinco años de prisión al comandante de Operaciones Navales de la Armada Antonio Vañek y a su par de la FT5 y director del Liceo Naval Juan Carlos Herzberg, y a los ex jefes de la Prefectura Luis Rocca y Carlos Ramón SChaller, y el prefecto Eduardo Antonio Meza.

El veredicto, cuyos fundamentos serán difundidos el 13 de noviembre, también ordenó enviar copias de los testimonios a la causa 17/2012 que tramita en la justicia federal platense para que se investigue la responsabilidad de las empresas y los directivos de YPF, Astillero Río Santiago, Propulsora y Swift, y a los funcionarios de los sindicatos que representaron a los trabajadores de la época.

Los represores fueron condenados por delitos cometidos en perjuicio de tres víctimas que siguen desaparecidas, otras 36 secuestradas y torturadas que finalmente sobrevivieron y por los homicidios de los abogados Miguel Orlando Galvan Lahoz y Roberto Pampillo, perpetrados por la Armada y la Policía bonaerense en octubre de 1976 en pleno centro de La Plata.

En el juicio, que duró cinco meses en los que se escucharon más de un centenar de testigos, quedó demostrado que durante el terrorismo de Estado la Armada operó con once «Fuerzas de Tareas» desplegadas para la represión en todo el país. La FT5 operó en la región bonaerense de La Plata, Berisso y Ensenada a partir del golpe del 24 de marzo de 1976 como el aparato represivo naval. En esa tarea concentró buena parte de sus operaciones en el sindicalismo combativo de fábricas del parque industrial de Berisso y Ensenada, como la Propulsora Siderúrgica (grupo Techint), el frigorífico Swift, Astillero Río Santiago e YPF, entre otras.

Para la represión, la FT5 reunía todos los recursos de la Escuela Naval Militar, el Liceo Naval Almirante Brown, el Hospital Naval Río Santiago, el B.I.M. 3, la Prefectura La Plata, el Centro de Incorporación y Formación de Conscriptos de Infantería de Marina y otras dependencias con asiento en la región.


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