La Cámara Federal de Casación anuló la absolución del CNU “Pipi” Pomares

Por Gabriela Calotti

La Cámara Federal de Casación Penal anuló este martes la absolución de Juan José “Pipi” Pomares dictada en noviembre de 2017 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de La Plata al cabo del primer juicio contra la banda paraestatal de ultraderecha peronista Concentración Nacional Universitaria (CNU), de la cual Pomares fue uno de sus más activos integrantes, y ordenó que se dicte una nueva sentencia.

Con los votos de los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó en la misma sentencia la condena a cadena perpetua dictada en ese mismo juicio contra Carlos Ernesto “el indio” Castillo, considerado el jefe operativo de la CNU platense, según el documento difundido el martes a través de la página web del Centro de Información Judicial (CIJ).

Durante la instrucción de las causas que llegaron a juicio, que tuvo lugar entre mayo y noviembre de 2017 por sólo siete secuestros, cinco de los cuales desembocaron en homicidio –de los más de sesenta asesinatos perpetrados por la CNU en La Plata a militantes del peronismo revolucionario y de la izquierda entre 1974 y 1976–, Pomares fue reconocido en fotografías por un sobreviviente de la CNU, Daniel Pastorino, y por el hermano de otra de las víctimas, Graciela Erminia Martini, asesinada por la patota de ultraderecha. Sin embargo, el Tribunal presidido por el juez Germán Castelli, pese a reconocer la pertenencia de Pomares a la CNU, resolvió la nulidad de tales reconocimientos y declaró la absolución de Pomares y su inmediata libertad.

“Los motivos que demandan la descalificación de la absolución de Pomares se encuentran vinculados con una errónea interpretación de la ley procesal que acarreó una arbitraria exclusión de la prueba llevada al juicio por los acusadores”, afirma Casación, antes de indicar que “anula lo actuado”.

Inmediatamente aclara que “no resulta necesaria la realización de un nuevo juicio puesto que el mismo resultó válido en todos sus términos, sino solamente el dictado de una nueva sentencia” de modo que “se incluya y valore razonablemente la prueba que fue indebidamente excluida”.

De esta forma, la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a los recursos interpuestos por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y la de la provincia de Buenos Aires, la Liga por los Derechos Humanos de La Plata y la Asociación de ex Detenidos-Desaparecidos, entre otros querellantes.

“Es la ratificación de lo que habíamos afirmado en nuestros alegatos cuando pedimos prisión perpetua para Pomares por la gravedad de los crímenes cometidos”, dijo a Contexto Marta Vedio, una de las letradas querellantes poco después de conocerse la decisión de Casación.

Vedio consideró que la decisión de Casación “es muy significativa para nosotros como impulsores del proceso de juzgamiento, y es muy importante, fundamentalmente, para testigos que habían sido, de alguna manera, desestimados por el tribunal”, y recordó que aquella decisión de absolver a Pomares “les causó un enorme dolor”. “Esta es una reivindicación para ellos y nos anima a todos y a todas a seguir buscando justicia”, sostuvo.

Por su parte, Luz Santos Morón, otra de las abogadas querellantes, en su caso por el colectivo Justicia Ya, sostuvo que este fallo es un “triunfo para las víctimas, para los familiares y los organismos de derechos humanos y aquellos que veníamos denunciando que la absolución era impunidad, ya que había sido demostrado durante todo el juicio oral que Pipi Pomares había sido partícipe y había estado involucrado en numerosos asesinatos contra jóvenes y obreros en la ciudad de La Plata”.

“Casación hizo lugar al pedido de las querellas que lo plantearon en soledad”, subrayó la letrada, antes de recordar que la fiscalía fue “incapaz” de acompañar el reclamo de los familiares de las víctimas para derribar la “injusta absolución” de Pomares.

En el caso de Castillo, Casación confirmó su condena a prisión perpetua por los delitos de homicidio y sustracción de personas.

De los más de sesenta asesinatos perpetrados por la patota de la CNU en La Plata, sólo llegaron a juicio oral y público los secuestros y homicidios de Carlos Antonio Domínguez, Néstor Hugo Dinotto, Graciela Erminia Martini y Leonardo Guillermo Miceli; y los secuestros de Úrsula Adelaida Barón, Daniel Pastorino y Roberto Fiandor, perpetrados entre febrero y abril de 1976. La inmensa mayoría de los asesinatos cometidos por la CNU, que sembró el terror en La Plata a partir de 1974 al amparo del gobernador bonaerense Victorio Calabró, y en particular tras el asesinato de los dirigentes de la UNLP Rodolfo “Turco” Achem y Carlos Miguel, permanecen en la impunidad.

La absolución de Pomares había sido criticada duramente por las querellas, que en abril de 2018 interpusieron un recurso contra esa decisión del Tribunal Oral. Pomares puede apelar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.


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