Ambientalistas de La Plata denunciaron intereses inmobiliarios tras la aprobación de obras de “riesgo hídrico”

Ambientalistas de La Plata presentaron un comunicado donde denuncian que la aprobación de la Ordenanza para 34 emprendimientos inmobiliarios esconde una maniobra para favorecer intereses inmobiliarios. En uno de esos 34, la presentación señala el presunto favorecimiento de una asociación fiduciaria para reclamar 27 hectáreas para uso urbano, habiendo evadido los estudios de impacto ambiental, y avalado por decreto por Julio Garro.

La denuncia impulsada por la Asamblea de Inundados de La Plata se basa en un documento donde analizan cómo el proyecto de rezonificación fue de la mano de la creación de una asociación fiduciaria con un contrato de “reserva de compra del suelo”, con la mira en el loteo de unas 27 hectáreas (más de cuatro con uso urbano ya otorgado) con casi 1.000 metros de desarrollo sobre el arroyo Carnaval, uno de los sectores clave de riesgo de inundaciones.

“Cómo ganar 3 millones de dólares con la sola sanción de una ordenanza”, es la consigna con que fue presentado el comunicado, en una consideración estimativa del valor que podrían adquirir las tierras referidas, ahora rezonificadas. La parcela en cuestión se despliega a partir de 446 y 31, en lo que se prevé el desarrollo del futuro barrio La Clementina II de City Bell.

Según asambleístas, la propuesta presentada el pasado 1° de noviembre por sus desarrolladores agrega la petición de una “constitución de una fiduciaria que incorporará fiduciarios adherentes y un contrato de reserva de compra de suelo por 5.000 dólares que se concretará si se aprueba el loteo”. Esta presentación incluye también documentación catastral que constata que el valor fiscal de los inmuebles rurales en la zona referida, en 2016, “sumaba cerca 100 mil pesos”.

Al ser presentado este documento en la Municipalidad, la Secretaría de Planeamiento solicitó a su Director que se expidiera el mismo 1° de noviembre. Dos semanas después, el director se expidió y dijo que los inmuebles mencionados se encontraban en la “zona de restricción de arroyos y bañados” del Código de Ordenamiento Urbano, con aclaración de la documentación que debería ser presentada.

El 20 de noviembre, a pesar de no haber cumplido con la documentación requerida por Planeamiento, la Subsecretaría Legal y Técnica se pronunció a favor de la rezonificación. Dos días después, el intendente Julio Garro y la secretaria de Planeamiento firmaron un decreto que aprobaba la rezonificación de rural a urbana, aunque acepta que deberá ratificarse por ordenanza aprobada en Concejo Deliberante.

Los asambleístas tomaron información de una memoria que el edil oficialista Javier Mor Roig agregó al expediente original, donde detalla el procedimiento de los desarrolladores del proyecto. “La memoria es el único documento de análisis técnico que consta. En él, el desarrollador dice que ‘como primera conclusión de lo expuesto (por él) el predio es naturalmente no inundable’”, sostienen en el comunicado de la Asamblea.

Continúa el texto: “No hay ninguna clase de estudio hidrológico privado ni público ni factibilidad hidráulica formal agregados, y el director de Planeamiento había dicho que invade la zona de protección de arroyos y bañados del Código vigente”.

El 5 de diciembre, el proyecto obtuvo despacho favorable de Comisión con mayoría oficialista al proyecto de ordenanza que avala lo dictado en el decreto firmado por Garro. Fue esta semana, en la última sesión de Concejo del año, que se sancionó y se otorgaron así los derechos de uso urbano.

“En esas condiciones, cualquier restricción severa sobre el uso del suelo puede importar una indemnización a favor del propietario a valores urbanos. Aunque el procedimiento legal impone una convalidación provincial de las ordenanzas de cambio de los códigos locales, esta se expide normalmente respecto del cumplimiento de la legalidad formal y suele llegar un par de años después de que ya se hizo todo”, expresaron.


 

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