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Presentaron un amparo contra la designación por decreto de los jueces Lijo y García Mansilla

De "no necesitar una Corte adicta" a ubicar jueces mediante DNU, Javier Milei busca ordenar la Corte Suprema a su medida y ya hay repercusiones. Denuncian que la medida "vulnera el principio de no concentración de poder".

La decisión de Javier Milei de designar por decreto a los jueces Ariel Lijo y Manuel García Mansilla en la Corte Suprema de Justicia de la Nación ya empezó a generar repercusiones. Entre las voces que salieron a rechazar la medida, a la que señalan como inconstitucional, una organización sin fines de lucro presentó la primera medida cautelar para frenar los dispuesto por el DNU 147/2025. 

«El Presidente ha tomado la determinación de designar en comisión a los doctores Manuel García-Mansilla y Ariel Lijo como jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, hasta la finalización del próximo periodo legislativo, con el objetivo de normalizar el funcionamiento del máximo tribunal judicial de nuestro país, el cual no puede llevar a cabo su rol con normalidad con tan solo tres ministros», expresa el comunicado publicado en la cuenta oficial de Oficina del Presidente de la Nación. 

La decisión se enmarca en un contexto de alta tensión en materia judicial para el presidente, quien quedó en el centro de las polémicas por su reciente implicación en la megaestafa de la criptomoneda $LIBRA, escándalo que sacudió a la opinión pública a nivel nacional e internacional. En ese escenario, el propio Milei (quien el año pasado sostuvo en declaraciones públicas que «no necesitaba una Corte adicta», ya que él no tenía «el culo sucio») ahora decidió nombrar vía decreto a dos integrantes del máximo tribunal del país. 

El Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) fue el que presentó la medida cautelar interina para frenar la asunción de los magistrados en la Corte. 

«El dictado del decreto 137/2025 demuestra la vulneración del principio de no concentración de poder, carece de la debida fundamentación y resulta desproporcionada la relación de la situación alegada con el daño institucional que genera», expresa la acción judicial. La entidad solicitó la nulidad e inconstitucionalidad del decreto y, en paralelo, solicitó que la acción sea inscripta en el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema.

Por otro lado, las reacciones no se hicieron esperar en la esfera política. «Uno no deja de asombrarse de cómo, de manera constante, permanente y brutal, atropellan la división de Poderes, la República, las instituciones, la Constitución; tan importantes para la democracia», expresó el senador de UP Mariano Recalde.

Cabe destacar que el propio interbloque de Senadores de UP expresaron su rechazo a la medida tomada vía DNU. «Es una maniobra que viola de manera tajante lo dispuesto por la Constitución Nacional», sostuvo el interbloque encabezado por el legislador José Mayans. «Esta forma de designación es manifiestamente inconstitucional y conforma una nueva afrenta al sistema republicano, democrático y federal establecido por la Constitución. Milei comete un ejercicio arbitrario de las facultades del Poder Ejecutivo, quiebra el orden constitucional y el Estado de Derecho. Es evidente que el presidente Milei pretende la impunidad ante los hechos de flagrancia que son de público conocimiento», plantearon en el texto.


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