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Mientras enfrenta un nuevo revés judicial, el Gobierno admite irregularidades en la elaboración del DNU

La Justicia desarticuló una nueva estrategia judicial del Gobierno nacional para frenar los amparos del DNU. El Ejecutivo además reconoció que violó la ley en la elaboración del megadecreto de Milei, lo que puede ser una nueva causal de nulidad

El Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023 de Javier Milei volvió a recibir un nuevo revés judicial, luego de que la Cámara de Apelaciones del fuero contencioso administrativo rechazara un recurso presentado por el Gobierno nacional para que todas las demandas sean unificadas. Mientras tanto, una nueva irregularidad, admitida por el propio Gobierno, podría poner en riesgo todo el DNU.

Este miércoles, la Cámara de Apelaciones decidió ratificar la decisión del juez Enrique Lavié Pico de que cada una de las demandas presentadas contra del DNU se tramiten en los fueros y jurisdicciones correspondientes. Vale recordar que el magistrado levantó la feria para que fueran tratadas estas presentaciones y declaró «inadmisible» el tratamiento colectivo de los amparos que pedía el Gobierno nacional.

La decisión, apelada por el Ejecutivo, fue ratificada por la Cámara de Apelaciones. «No se explica cuál es el gravamen que le causa al Estado Nacional que, en resguardo de los principios de jurisdicción, competencia y especialidad establecidos en las normas procesales, se preserve la intervención propia de los tribunales competentes para conocer en cada una de las vastas materias de las que se ocupa el DNU 70/2023», señalaron los jueces Sergio Fernández y Carlos Grecco.

«Ello así, más allá de que pudiere corresponder a las competencias de los respectivos fueros que eventualmente intervengan, la posibilidad de tramitar procesos colectivos donde se unifiquen acciones sobre un mismo tema o cuestión», agregaron.

De esta manera, la Justicia vuelve a desarticular la estrategia de Milei que buscaba en un solo tratamiento deshacerse de los más de veinte amparos contra el DNU. Ratificando la decisión de Lavié Pico, se habilita a que los diferentes fueros y jurisdicciones traten los recursos, que, tal como sucedió en el fuero laboral, podrían suspender parte o todo el DNU.

Irregularidades en la redacción del DNU: una causal de nulidad

Este miércoles se conoció también que el Gobierno nacional reconoció irregularidades en la elaboración del decreto, que tuvo a Federico Sturzenegger, sin cargo alguno en el Ejecutivo, como uno de sus principales artífices.

Fue la Secretaría Legal y Técnica la que respondió a un pedido de información del Movimiento Nacional de Empresas Recuperadas (MNER) y de la Coordinadora de Abogadxs de Interés Público (CAIP), reconociendo que, en contra de lo que estipula la Ley de Procedimiento Administrativo, el DNU no contempló antecedentes, dictámenes e informes de las áreas del Gobiernos involucradas en las diversas temáticas en las que pone el foco.

Esta Secretaría señaló que el decreto «no contiene informes y/o dictámenes técnicos ni jurídicos previos al dictado del mismo».

«Por otra parte, se informa que en esta Secretaría no obran constancias del tipo de vinculación del Señor Federico STURZENEGGER con la Administración Pública», agrega el documento oficial.

Horas antes y durante la presentación del DNU, Sturzenegger fue uno de los principales laderos de Milei, y posteriormente fue uno de los portavoces, dedicándose a hacer un raid explicando punto por punto.

Estos dos pronunciamientos de la propia Secretaría de Legal y Técnica, con intervención mediante de la Justicia, podrían dejar sin efecto el DNU, ya que son dos causales de nulidad del mismo. «Es nulo de nulidad insanable porque para su dictamen el Ejecutivo nacional incumplió el procedimiento administrativo», detalló Andrés Bernal, uno de los abogados que trabajó en la presentación.

«La confesión de que no hay vínculo habilita denuncias penales. Estamos trabajando en eso y pensamos presentarlas en los próximos días», asegura Bernal respecto a Sturzenegger.

En este marco, la ex secretaria de Legal y Técnica, Vilma Ibarra, cuestionó al Gobierno y explicó que un DNU «debe ser confeccionado, dictaminado y firmado por funcionarios públicos», que son sometidos a «los controles de la ley de Ética Pública», declaraciones patrimoniales, además de regímenes de incompatibilidades y de conflictos de intereses.

En este punto, la exfuncionaria se preguntó si fueron sectores privados quienes se encargaron de su redacción. «¿Qué controles se aplican a los abogados de estudios jurídicos privados? ¿Cómo podemos controlar su evolución patrimonial o la de sus clientes beneficiados por el DNU? ¿Tienen algún régimen de incompatibilidades o restricciones por conflictos de intereses?», cuestionó, y agregó: «La respuesta es NO. Porque los estudios jurídicos privados están para asesorar a los privados y no para redactar decretos del PEN. Si se comprueba que el DNU no lo trabajaron funcionarios sino abogados de estudios privados, es una grave causal de nulidad».

«Que un decreto que contiene más de 360 artículos y deroga y modifica decenas de leyes de fondo no haya cumplido con la ley de Procedimientos Administrativos (arts. 7 y 14) es también una causal de nulidad», resaltó.

La exsecretaria destacó que no se trata de «meras formalidades. Son requisitos exigidos para que los actos administrativos estén avalados con la firma de funcionarios responsables de su legalidad, con informes técnicos que los sustentan y justifican. Son necesarios para el control del Congreso y de la Justicia».


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