El protocolo para la represión

Por Roberto Álvarez Mur

“¡La decisión está, la seguridad vuelve!”, fue la sentencia con que el Ministerio de Seguridad de la Nación cerró su comunicado público luego del anuncio de la titular de la cartera, Patricia Bullrich, que en un solo paso identificó inseguridad con protesta social y ratificó la aplicación del nuevo Protocolo de Seguridad que se encargará de controlar las manifestaciones y protesta en la vía pública.

“No queremos vivir cuatro años más donde la regla sea el corte. El Gobierno del presidente Macri no va a permitir que las calles sean una zona de permanente caos y problemas”, fueron las declaraciones de la ministra Bullrich emitidas en el delicado marco de reclamos por la liberación de la dirigente Milagro Sala, que incluyó doscientos cortes en todo el país.

“Mauricio Macri está tratando de desplegar políticas en materia de seguridad que van de la mano con el amedrentamiento a distintos dirigentes sociales y políticos. Creo que el hecho más serio en esa línea es la detención de Milagro Sala”, dijo a Contexto el diputado del Frente para la Victoria Miguel Funes, en relación con los intereses que persigue esta nueva avanzada de Cambiemos a través de las Fuerzas de Seguridad. “Este régimen, que podríamos definir como CEO-cracia, necesita de un protocolo que regule la protesta para tratar de contener lo que va a ser la organización del campo nacional y popular en virtud de que, ante las medidas de gobierno que se vayan tomando, no les va a quedar otra más que salir a reprimir”, expresó Funes.

“Mauricio Macri está tratando de desplegar políticas en materia de seguridad que van de la mano con el amedrentamiento a distintos dirigentes sociales y políticos. Creo que  el hecho más  serio en esa línea es la detención de Milagro Sala”. Miguel Funes, diputado FPV.

“En relación con el protocolo anterior de la doctora Nilda Garré, me parece un gran retroceso. Sobre todo en términos de lo que tiene que ver con el uso del espacio público y la libertad de expresión, que son estándares de derecho internacional”, dijo a Contexto el abogado y miembro de Justicia Legítima, Julián Axat. “Para caracterizarlo jurídicamente, me parece un protocolo discrecional. Lo que hacen en este punto es facultar a la Policía para que, bajo su apreciación, delimite qué es delito y qué no”

Según la regulación anunciada por Bullrich, como elemento punitivo, a los manifestantes se les advertirá que ante un corte se les aplicará las penas del artículo 194 del Código Penal o las contravenciones previstas en cada jurisdicción. El artículo 194 establece que «será reprimido con prisión de tres meses a dos años» el que «impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas». Esa norma estableció que las provincias y la Ciudad de Buenos Aires adecuarán el protocolo a sus características, a sus códigos contravencionales y de procedimientos y establecerán el momento para dar intervención a la Justicia.

Respecto de este punto, Axat explicó: “A mí me parece que esa facultad no la puede tener la Policía. La puede tener un fiscal, en todo caso, o un juez. El protocolo le da incluso la facultad a la Policía de determinar cuál es el tiempo mínimo de negociación con los manifestantes. Esos tiempos deberían ser observados por otras vías institucionales”.

«El protocolo le da incluso la facultad a la Policía de determinar cuál es el tiempo mínimo de negociación con los manifestantes. Esos tiempos deberían ser observados por otras vías institucionales”. Julián Axat, abogado y mimbro de Justicia Legítima.

En esta misma línea, el abogado hizo especial hincapié en el tratamiento que el protocolo hace sobre la utilización de armas de fuego a la hora de controlar una manifestación, uno de los puntos de discusión más álgidos respecto de las diversas acciones represivas que el macrismo aplicó sobre manifestaciones de trabajadores en los últimos meses. “El uso de arma letal era, justamente, lo que el anterior protocolo de Garré preveía y limitaba. Este, directamente, lo que dice es que se remite a los protocolos policiales. Con ello no está negando la utilización de armas letales, sino que se remite a las normativas policiales. Pero no establece pautas de limitación a la utilización de armas de fuego o armas letales. Es decir, según el Protocolo de Seguridad, si al agente policial le parece propicio usar una picana Taser, parece que está bien”.


 

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