Camino despejado para el tarifazo eléctrico

Por Leandro Gianello

El fallo de los magistrados resultó unánime, lo que constituye un argumento directo para el plan de aumentos en las boletas de luz que Mauricio Macri y su ministro de Energía, Juan José Aranguren, ansían desesperadamente implementar desde diciembre del año pasado.

Firmado por los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Rosatti, Maqueda y Rosenkrantz, el texto de 27 páginas de la resolución sostiene que los organismos y representantes políticos que presentaron la demanda “carecen de legitimación para actuar en representación del colectivo conformado por todos los usuarios del servicio de energía eléctrica del ámbito geográfico de la Provincia de Buenos Aires”.

La Corte Suprema considera que el grupo de diputados de la provincia de Buenos Aires, el secretario general de la Defensoría del Pueblo y el Partido Justicialista bonaerense (los actores que presentaron la medida cautelar) no tienen como función principal la protección de los intereses de los ciudadanos en el tema de los aumentos.

“Los partidos políticos existen por y para el régimen representativo” –asegura el documento– “y en ese alto propósito no deben distraer esfuerzos ni recursos en la continua misión que les asiste para profundizar los derechos políticos” de la gente, pero no en la cuestión tarifaria, dicen los integrantes del supremo tribunal.

Además, desestima el pedido del Club Social y Deportivo 12 de Octubre de Quilmes sobre la aplicación del tarifazo en las entidades barriales argumentando que “no invoca la calidad de representante de todos los usuarios” provinciales, por lo que la cautelar “tampoco puede mantenerse amparándose en la presentación del referido club”.

En el mismo sentido, la Corte también rechazó intervenir en la causa que suspendía a nivel nacional el tarifazo, a cargo de la jueza federal de San Martín, Martina Forns, pero además devolvieron el expediente con cuestionamientos a la magistrada, recomendando que “sobre la base de las rigurosas exigencias vigentes en materia de procesos colectivos verifique la subsistencia de los presupuestos que habilitan su intervención».

Consultado por Contexto, el abogado de ATE Marcelo Ponce Núñez consideró que, aunque la Corte se haya definido de esta manera sobre la electricidad, “la aplicación del tarifazo debe seguir lo estipulado en el fallo sobre los precios del gas, ya que ambos son servicios públicos”.

Si bien argumentalmente el fallo sobre la cuestión de la representatividad es comprensible, “se tergiversa el fondo de la cuestión porque debería haber audiencia pública” como factor determinante a la hora de implementar los aumentos, explicó Ponce Núñez.

Ahora, el fallo “estaría habilitando el tarifazo, pero las organizaciones sociales podrían presentarse para que se apliquen las mismas condiciones referidas en la sentencia por las tarifas del gas”, manifestó el letrado.

“Si Macri quiere conservar un nivel de inteligencia mínima, debería llamar a una audiencia por las tarifas eléctricas, de otra forma sería muy estúpido” pensar que la sentencia de la Corte Suprema es un aval automático para los aumentos, concluyó Ponce Núñez.

Antes de conocerse la decisión de la Corte Suprema, la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, había emitido un dictamen considerando que correspondía confirmar el fallo que había hecho lugar a la medida cautelar de la Cámara Federal de La Plata, a cargo del juez Luis Arias, que suspendió los aumentos en las tarifas de la luz en el territorio bonaerense.


 

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