«Las mató por mujeres y por lesbianas»: los alegatos en el juicio por la masacre de Barracas

Tras los dos primeros alegatos por la masacre de Barracas, este miércoles fue el turno de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT+), y del Ministerio Público Fiscal, quienes reclamaron la prisión perpetua para el acusado y que se tenga en cuenta el agravante como crimen de odio.

La madrugada del 6 de mayo de 2024, la habitación 14 de un hotel familiar en Barracas fue el punto de inicio de un incendio que terminó con la vida de Pamela Cobas, Roxana Figueroa y Andrea Amarante, y dejó con heridas a Sofía Castro Riglos, cuatro mujeres lesbianas. Fernando Justo Barrientos fue indicado como autor del crimen: el hombre de la habitación 12 arrojó lo que fue descrito como “una bola de fuego” que generó el trágico incendio.

La FALGBT, con la abogada Samanta Pedrozo, comenzó su alegato presentando a la querella como una querella colectiva y destacó la importancia, como Federación, de ser parte. “Somos una parte muy importante de esta sociedad que estamos expectantes de este juicio porque estamos a la espera de una respuesta concreta por parte de la justicia”, sostuvo. “Lo que les pasó a Pamela, Roxana, Andrea y a Sofía no solamente les ocurrió a ellas, sino que de alguna manera nos ocurrió a toda la comunidad. A todas aquellas personas que, desde que nacemos y hasta que crecemos, e incluso durante nuestra adultez, tenemos que aprender a lidiar con el odio y la discriminación”, agregó.

“Estamos acá para exigirle al Estado de Derecho que se protejan y se respeten nuestras identidades, nuestros proyectos de vida. Porque no queremos salir más a la calle o vivir en algún lugar con miedo a que una persona, como Fernando Justo Barrientos, decida prendernos fuego solamente por quiénes somos, por cómo vivimos”, manifestó.

«Tomó la decisión de eliminar a cuatro mujeres visiblemente lesbianas»

Sobre el hecho en sí, Pedrozo hizo un largo análisis de los testimonios que pasaron durante el juicio: “No caben dudas de que el incendio fue planificado, fue premeditado y fue ejecutado por Justo Fernando Barrientos. Fueron cuatro los vecinos que lo vieron en la escena del hecho. Dos de ellos lo vieron golpeando a una de las víctimas salvajemente. Sofía Castro Riglos lo señaló como autor del hecho”.

Otro indicio de su autoría, señaló la abogada de la FALGBT, fue el comportamiento posterior al hecho. “Él adoptó una actitud totalmente diferente a la del resto de las personas que estaban en el hotel. Se escapó arriba al baño de la terraza”, sostuvo. Vale recordar que allí fue encontrado con un corte en el cuello. “Esa autolesión, por supuesto, formó parte de una coartada. Yo no le creo a Barrientos de que haya tenido la intención de suicidarse, para nada […] yo creo que se cortó el cuello para hacerse el loco”.

En ese sentido, la letrada recordó que se acreditó mediante evaluaciones psiquiátricas e informes toxicológicos que el imputado se encontraba en condiciones. “Justo Fernando Barrientos es un hombre completamente sano. Lo que sucede con Barrientos, es un hombre violento y tomó una decisión. Esa decisión fue exterminar, eliminar a cuatro mujeres que a él en lo personal lo irritaban. Cuatro mujeres que eran abiertamente lesbianas, visiblemente lesbianas. No solamente porque eran pareja y se besaban y andaban de la mano y estaban juntas, sino por su forma de vestirse, por su forma de manejarse, por su modo de hablar”, destacó.

En este marco, Pedrozo ahondó en el grado de hostilidad que vivían en el hotel familiar. Recordó que varios testigos señalaron que Barrientos dijo “que eran unas tortilleras asquerosas y que no las podía ni ver”, que las víctimas habían indicado a un amigo que la situación en esa vivienda “era pésima porque había un hombre que las hostigaba. Que las hostigaba, que las perseguía” y que “incluso había llegado a tomar la medida de tender la ropa afuera para no cruzarse con ese hombre”. La misma sobreviviente indicó que “las molestaban porque ella y Andrea eran pareja. Y las atacaron por eso”.

“Esto no fue un crimen aislado, no fue un hecho aislado, esto ocurrió dentro de un contexto de violencia sistemática, de discriminación. Estas cuatro víctimas por ser como eran, por mostrarse como se mostraban, visiblemente lesbianas, sufrieron agresiones de todo tipo”, sostuvo.

Sobre el ataque en sí, Pedrozo reiteró lo que dijeron las otras querellas: fue un ataque planificado. “Barrientos, que ya hacía muchos años que vivía ahí, sabía perfectamente que si prendías un fósforo se incendiaba todo. Él lo sabía. Siempre lo supo. Por eso planificó este hecho. Lo planificó, eligió el día, eligió el horario. Él sabía que a esa hora en la madrugada iban a estar las mujeres solas y sabía que si prendía fuego la habitación y si cerraba la puerta, como efectivamente lo hizo, se iban a morir las cuatro”, manifestó.

“Voy a acusar por el delito de homicidio agravado por haber sido cometido con odio a la orientación sexual y a la expresión de género de las víctimas, y también por el delito de femicidio”, indicó la representante de la FALGBT.

«Dijo que las iba a quemar vivas»

Sobre los motivos de Barrientos, indicó que “era un discriminador”, no solo con las cuatro víctimas, sino que también había tenido comentarios de corte xenófobo con otros integrantes del hotel. Puntualmente sobre las víctimas, Pedrozo recordó que Barrientos “tenía estas conversaciones con los amigos, que eran tortilleras, que eran raras, que eran grandotas, que eran poco femeninas”, sostuvo. “Dijo que las iba a quemar vivas, que las iba a prender fuego”, recordó.

“Cuando nos preguntamos por qué Barrientos hizo lo que hizo, la respuesta es muy clara, muy evidente: lo hizo por odio, por odio a su condición de mujeres. Por odio a su condición de lesbianas”, sostuvo.

El impacto colectivo

La abogada puntualizó también en el impacto que generó en toda la comunidad LGBT+. “Las consecuencias del accionar no se agotan con el homicidio mismo, sino que tienen un efecto extensible, un efecto expansivo, que genera miedo y es de carácter coercitivo para la sociedad”, sostuvo, y agregó: “porque todas aquellas personas que pertenecemos al colectivo tenemos miedo de que nos pase lo mismo. Tenemos mucho miedo de que nos pase lo mismo”.

“En estos delitos, las personas […] no son asesinadas por quienes son, sino por lo que representan. Como se dijo ya, este juicio no las individualizaba. Eran todo lo mismo para él. Eran cuatro lesbianas. Decidió matar a cuatro mujeres lesbianas. No a Pamela, Roxana, Sofía y Andrea, enviando a toda la comunidad, a todo el colectivo, un mensaje atemorizante: ojo, porque les puede pasar lo mismo”, sostuvo. “Las mató por odio, las mató por mujeres y las mató por lesbianas”, concluyó.

En este marco, la FALGBT solicitó que se aplique a Barrientos la pena de prisión perpetua por considerarlo autor del delito de homicidio doblemente agravado por haber sido cometido por odio a la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de las víctimas, y por tratarse de un femicidio.

La posición de la Fiscalía

El fiscal Juan Manuel Fernández Buzzi indicó que quedó probado que el ataque se dio “en un contexto previo de violencia de género y motivado por el odio que él sentía a la orientación sexual de estas personas”.

Buzzi realizó un repaso de los diferentes testimonios de los vecinos y las pericias, descartó todo tipo de accidente y remarcó que fue un incendio provocado con un líquido combustible utilizado “de manera intencionada y deliberada para encender el fuego”. También señaló que, tras el ataque, Barrientos insistió con la agresión a golpes contra una de las víctimas que intentaba escapar de las llamas, según los testimonios incorporados durante el juicio.

Otro indicio de que fue Barrientos quien inició el fuego fueron sus heridas. “Esto claramente permite válidamente pensar que él incendió el fuego y por eso tenía ese alcohol y por eso tuvo estas quemaduras que otras personas no tuvieron”, sostuvo. “Y su actitud posterior al hecho también da cuenta de que él fue el autor del hecho. Todos los vecinos bajaron pero él no, él no sólo no bajó sino que subió”, agregó en referencia al lugar donde fue encontrado el acusado después del incendio.

El fiscal sostuvo que el hecho debía calificarse como homicidio agravado por haber sido cometido por un hombre contra una mujer mediante violencia de género, por odio a la orientación sexual, identidad de género o su expresión, por haber sido cometido con ensañamiento y por haber utilizado un medio idóneo para crear un peligro común.

Al explicar el agravante de violencia de género, Buzzi recordó las conversaciones que Barrientos mantenía con otros vecinos, en las que cuestionaba a las víctimas. “Es claro que en estas conversaciones no sólo se hablaba de estas mujeres, sino lo que se hacía verdaderamente era juzgar sus gustos, sus modos y sus acciones por no encuadrar en lo que él entendía era la normalidad. En este marco, el homicidio se produce como expresión extrema de esta relación interpersonal, pero además de esta configuración social. Esta es la razón por la cual el agravante de violencia de género en el inciso 11 es aplicable en este caso”, sostuvo.

Barrientos, al inicio del juicio. Foto Daiana Gimenez

Para el representante del Ministerio Público, el ataque también estuvo motivado por el odio hacia las víctimas por su orientación sexual. Consideró que ese móvil quedó acreditado tanto por el contexto previo de discriminación como por la modalidad del crimen. “Barrientos claramente sentía desprecio, odio, aversión por estas mujeres que eran lesbianas”, afirmó. Y agregó: “Barrientos discriminaba y sostenía ideológicamente y también con hechos una censura concreta hacia estas personas por ser lesbianas. Este contexto entonces permite sostener que repudiaba a las lesbianas, odiaba a las lesbianas”.

En ese sentido, el fiscal planteó que el rechazo no se limitaba a la orientación sexual de las víctimas, sino también a la forma en que habían elegido vivir y expresar sus vínculos. “No sólo que fueran lesbianas, sino que se comportaran como tal, que eligieran vivir con otra mujer, elegir como sujeto de amor o de pareja a otra mujer”, señaló.

Otro de los agravantes que desarrolló fue el ensañamiento. Buzzi sostuvo que el acusado no solo eligió matar a las víctimas, sino que utilizó un medio especialmente cruel y continuó la agresión cuando una de las mujeres intentaba escapar. “Eligió quemarlas vivas, eligió que murieran luego de agonizar en el fuego”, afirmó. Para el fiscal, el sufrimiento que padecieron las víctimas y el ataque contra una de ellas cuando ya intentaba huir demostraban la crueldad de la acción y la intención de provocar un padecimiento mayor.

Por último, explicó que el incendio también configuró un peligro común porque sus consecuencias excedieron a las cuatro mujeres que estaban en la habitación. Recordó que el fuego se propagó por el hotel, que los vecinos tuvieron que ser evacuados y que algunos debieron recibir asistencia por la inhalación de humo. Además, señaló que el incendio solo pudo ser controlado por la intervención de los bomberos y que, de no haber sido así, podía continuar propagándose y poner en riesgo la vida y la integridad física de otras personas, además de los bienes del edificio.

Buzzi también rechazó que Barrientos hubiera actuado sin comprender sus acciones. Para sostenerlo, reconstruyó la secuencia del ataque y su comportamiento posterior. “La dinámica del hecho nos muestra a alguien que sabe lo que hace y controla la situación. Eligió el medio, ataca de improviso, se va, vuelve sobre sus pasos, ataca a la víctima que escapa. Cuando interviene un vecino, huye, sube a la terraza, se corta el cuello. Se queda callado”, explicó. Para el fiscal, esa secuencia demostraba que el acusado sabía lo que hacía y era consciente de sus actos.

En el cierre de su alegato, Fernández Buzzi calificó el caso como de “enorme gravedad” y sostuvo que el ataque no solo atentó contra las víctimas, sino que también expresó “lo peor de la interacción social, el sexismo, la intolerancia, la discriminación y el odio”. Por esos motivos, solicitó que Justo Fernando Barrientos fuera condenado a prisión perpetua, con accesorias legales y costas.

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