La Justicia laboral dio lugar al reclamo de la central obrera y suspendió la aplicación de 82 artículos
El juez Raúl Ojeda suspendió la reforma laboral aprobada por el Congreso al considerar que hay «indicios serios y graves» de inconstitucionalidad y riesgo de daños irreparables, luego de un reclamo de la Confederación General del Trabajo (CGT). La normativa, impulsada por el Gobierno de Javier Milei, queda así frenada temporalmente hasta que se dicte una sentencia definitiva.
Así, la CGT conducida por el triunviro Jorge Alberto Sola, Octavio Argüello y Cristian Jerónimo, logró frenar una parte considerable de la Ley de Modernización Laboral (27.802) aprobada el 27 de febrero a instancias del Gobierno nacional.
La Justicia laboral consideró que está en juego la “afectación de derechos constitucionales” y el riesgo de “perjuicio inminente”, por lo que decidió suspender provisionalmente artículos fundamentales el espíritu de la Ley: las que afectan el derecho a huelga y asamblea; el fin de la ultraactividad, el banco de horas, el Fondo de Asistencia Laboral, la derogación de la Ley de Teletrabajo, entre otros puntos.
Ante estos riesgos, el fallo de Ojeda frena momentáneamente la norma, hasta tanto se resuelva con una sentencia definitiva, la constitucionalidad de la misma. «A modo de ejemplo y sin que implique emitir opinión, ¿Qué ocurriría si se pusiera en marcha el complejo entramado del F.A.L. y luego fuera declarado inconstitucional? ¿Y si se pusiera en marcha el sistema de deshomologación de CCT, como ocurrió con la fallida experiencia de la ley 25.250?», plantea el magistrado.
Para el magistrado, está suspensión provisoria podría contribuir a evitar mayores conflictos judicial y darle previsibilidad al sistema laboral. «Hay derechos humanos comprometidos, habrá responsabilidades patrimoniales e institucionales en debate. Millones de contratos vigentes esperan definiciones sobre la aplicación temporal de la ley y certidumbre sobre su contenido», agregó en ese sentido.
Vale destacar que en sus análisis preliminar, el juez destacó que hay aspectos de la reforma podría afectar la reducción de los niveles de protección laboral sin que la nueva normativa pueda dar equivalencias a esas afectaciones, lo que entraría en tensión con el principio de progresividad de los derechos sociales.
“Las leyes deben adecuarse a los derechos constitucionales y a los tratados internacionales”, sostiene la resolución.
