Tras un año marcado por el incremento de la represión a las protestas callejeras en el país y el pronunciamiento incluso de las Naciones Unidas en este punto, el 2025 cierra con la declaración de nulidad del mentado “protocolo antipiquetes” instaurado por el Gobierno. El modelo que se convirtió en marca personal de Patricia Bullrich en su gestión del Ministerio de Seguridad, fue señalado por la justicia federal, en cuyo fallo consideró que su aplicación avasallaba facultades del Poder Legislativo y, por tanto, iba en contra de la Constitución.

Fue el juez Martín Cormick del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°11 quien dio lugar a una acción de amparo y estableció la nulidad del llamado “Protocolo para el mantenimiento del orden público ante el corte de vías de circulación”. Cabe recordar que el luego bautizado protocolo antipiquetes fue una de las cartas de presentación lanzadas en diciembre de 2023 por el entonces recién iniciado gabinete de Milei, con Bullrich al mando de Seguridad.

En concreto, el juez Cormick expresó en su fallo que la dinámica del protocolo “conforma un exceso en la competencia otorgada al PEN por nuestro ordenamiento jurídico en cuanto bajo la apariencia de ‘instruir’ al personal dependiente de dicho Ministerio está legislando y ello conforma violación al derecho aplicable por cuanto el PEN se inmiscuye en facultades propias del Poder Legislativo”.

El reclamo fue presentado de manera inicial por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), a modo de amparo colectivo. Vale aclarar que el organismo de derechos humanos fue parte de la veintena de entidades que elevaron sus reclamos ante el Comité contra la Tortura de la ONU, cuyas evaluaciones fueron rechazadas por el propio Gobierno.  

Entre los argumentos del magistrado Cormick, se destacó además el concepto de “impedimento al tránsito” utilizado como argumento por Bullrich para validar el protocolo y reprimir las manifestaciones callejeras. Según los criterios de la entonces ministra de Seguridad, cualquier acto que disminuya el tránsito de una arteria vehicular era considerada un delito flagrante y susceptible de ser sancionado. Asimismo, el juez también cuestionó la apelación al registro de datos biométricos como parte del protocolo y puso en duda los criterios de utilización de fuerza disuasiva que plantea la normativa.

El fallo judicial fue celebrado por fuerzas sindicales como la CGT, el sindicato de prensa SIPREBA y también por referentes políticos. El juez Martín Cormick actuó de acuerdo a derecho. “Por fin un magistrado defiende la Constitución Nacional y los derechos y garantías del ciudadano. El protocolo antipiquetes, que no es otra cosa que un reglamento para reprimir, no sólo viola la Constitución Nacional sino que ha sido condenado y observado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Amnistía Internacional”, expresó el dirigente Leopoldo Moreau en sus redes sociales.

Por su parte, la actual ministra de Seguridad tras el arribo de Bullrich al Congreso, Alejandra Monteoliva, reaccionó y sostuvo que el fallo responde a “la vieja política que no quiere paz ni orden en la Argentina”.