A una semana de que se haya hecho efectiva su prisión en el domicilio de San José 1111 de la Ciudad de Buenos Aires, los abogados de Cristina Fernández de Kirchner insisten en que se eche por tierra las restricciones a las visitas, sin que quede en manos del TOC N°2 la aprobación de las mismas. Además de afectar a sus derechos, advierten los defensores de la expresidenta, generaria un «desgaste jurisdiccional».
Fueron más de 700 los mails que recibió el TOC N°2 en las últimas horas de personas que pidieron autorización para visitar a Cristina Fernández de Kirchner, luego de que uno de sus abogados, Gregorio Dalbon, publicará en sus redes el mail institucional del Tribunal. “Tenés que escribirle a los jueces y esperar que te autoricen. Como si fuera una reclusa peligrosa“, lanzó en sus redes.
El TOC N°2 lejos de responder, remitió todos esos mails a Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, los representantes de CFK en la causa Vialidad, alegando que no son los individuos sino los abogados de la expresidenta quienes deben pedir el permiso al Tribunal.
Vale recordar que al momento de otorgarle la domiciliaria, los jueces indicaron que la líder del Partido Justicialista debía entregar un listado de familiares, abogados, médicos y custodios que pueden ingresar a a su domicilio. El mismo ya fue entregado, pero el resto de las personas deben pedir una autorización. En principio, los abogados recurrieron a los jueces Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu para que revea estos límites, en caso contrario, apelarían la decisión.
Este Tribunal, decidió rechazar el planteó pero se aceptó su apelación que ahora irá a la Cámara Federal de Casación, recayendo justo en la sala IV compuesta por los Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, los jueces que confirmaron la condena de CFK luego de la primera apelación, previo al pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia.
Ante Casación, los abogados sostuvieron que de confirmarse el régimen de visitas impuesto “limitaría los derechos políticos y partidarios de Cristina Fernández de Kirchner al supeditar su interrelación con otros dirigentes a una autorización judicial previa”.
Asimismo, argumentaron que “la regla de conducta esencial en casos de prisión domiciliaria se limitaba a acatar la restricción ambulatoria durante todo el lapso de vigencia de la condena”.
Los abogados sostuvieron que “cualquier limitación adicional suponía una potestad complementaria no prevista normativamente”.